Derrama para pintar la comunidad: cómo se aprueba
Cuando el portal y las escaleras piden una mano de pintura y el fondo de reserva no llega, toca aprobar una derrama. Es un trámite habitual, pero si no se convoca y vota bien, basta con que un par de vecinos lo impugnen para que la obra se quede parada meses. Aquí tienes cómo se acuerda una derrama para pintura, qué mayoría hace falta y cómo se reparte entre propietarios sin discusiones.
Puntos clave
- La derrama es un cobro extraordinario que se aprueba en junta cuando el gasto no cabe en el presupuesto ordinario.
- Pintar zonas comunes deterioradas es conservación: sale con mayoría simple de los presentes y representados.
- El reparto se hace por coeficiente de participación de cada vivienda, salvo que los estatutos digan otra cosa.
- Una derrama bien aprobada y reflejada en el acta obliga a todos, incluso a quien votó en contra o no asistió.
- Lleva a la junta tres presupuestos comparables para que los vecinos voten sobre cifras reales.
Qué es una derrama y cuándo se usa para pintura
Una derrama es una aportación económica extraordinaria que se reparte entre los propietarios para cubrir un gasto que el presupuesto anual no contempla. Pintar el portal, la caja de escalera o los rellanos suele entrar en esta categoría: son trabajos puntuales, no recurrentes, que se acometen cada varios años cuando las paredes están rozadas, amarilleadas o con humedades.
Si la comunidad tiene fondo de reserva suficiente (la ley obliga a mantener al menos un 10 % del presupuesto ordinario), el gasto puede salir de ahí sin necesidad de derrama. Cuando no llega, la junta acuerda derramar la diferencia. La cuota se puede cobrar de golpe o fraccionada en varios recibos, según se vote.
Qué mayoría hace falta para aprobarla
La clave está en cómo se califica el trabajo según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). No es lo mismo conservar lo que ya había que introducir una mejora:
- Conservación y mantenimiento (repintar zonas comunes deterioradas con un acabado equivalente): basta mayoría simple de propietarios presentes y representados en la junta, en segunda convocatoria.
- Mejora estética o cambio relevante (cambiar de gama de color, añadir acabados decorativos nuevos): puede requerir tres quintos del total de propietarios y cuotas, o lo que fijen los estatutos.
- Obras necesarias y urgentes (sanear una humedad antes de pintar): el administrador o el presidente pueden ordenarlas y la comunidad está obligada a pagarlas.
En la práctica, repintar un portal gastado es conservación pura y se aprueba con mayoría simple. El problema aparece cuando alguien quiere aprovechar para «modernizar» el color o el estilo: ahí conviene dejar claro en el orden del día qué se vota para no mezclar mayorías.
| Tipo de trabajo | Mayoría necesaria | ¿Obliga a los disidentes? |
|---|---|---|
| Repintar zonas comunes deterioradas | Mayoría simple de presentes | Sí |
| Cambio estético o mejora no necesaria | Tres quintos (3/5) del total | Sí, si se alcanza la mayoría |
| Obra urgente (humedad, seguridad) | No requiere acuerdo previo | Sí |
| Pago fraccionado de la derrama | Mayoría simple | Sí |
Cómo se reparte la derrama entre los vecinos
Salvo que los estatutos o el título constitutivo digan otra cosa, la derrama se reparte según el coeficiente de participación de cada vivienda o local, que es el porcentaje que figura en la escritura. No se reparte a partes iguales por puerta: un ático grande paga más que un estudio, igual que en las cuotas ordinarias.
Un detalle que genera dudas: los locales comerciales a veces están exentos de gastos de portal y escalera si los estatutos lo recogen, porque no usan esos elementos. Conviene revisarlo antes de pasar el cobro, porque cobrar a quien está exento es motivo de impugnación.
- Calcula el coste total con IVA y divídelo por coeficientes.
- Decide en la misma junta si se cobra de una vez o en mensualidades.
- Refleja en el acta el importe total, el reparto, la empresa y el plazo.
- Comprueba qué locales o plazas están exentos según el título constitutivo.
Consejo de experto: no votes la derrama «en abstracto». Lleva a la junta tres presupuestos cerrados que midan la misma superficie, las mismas manos y la misma calidad de pintura, y vota sobre una cifra concreta. Así el acta recoge un importe exacto, la derrama queda blindada frente a impugnaciones y nadie puede alegar después que «no sabía cuánto iba a costar».
Errores que invalidan la derrama
Una derrama mal tramitada se puede impugnar en los tres meses siguientes a la junta. Los fallos más típicos que conviene evitar son:
- No incluir el punto en el orden del día de la convocatoria: no se puede aprobar un gasto que no estaba anunciado.
- Confundir conservación con mejora y aplicar la mayoría equivocada.
- No dejar constancia en el acta del importe, el reparto y la empresa elegida.
- Cobrar a propietarios exentos por estatutos o no aplicar los coeficientes correctos.
Si tu comunidad va a pintar el portal, la escalera o la fachada y quieres llegar a la junta con números fiables, en pintura de comunidades y portales coordinamos con tu administrador y preparamos presupuestos comparables. Cuéntanos las alturas y el estado de las zonas comunes y te pasamos un presupuesto gratis y detallado para que los vecinos voten con criterio.
Preguntas frecuentes
¿Qué mayoría hace falta para aprobar una derrama de pintura?
Si se trata de repintar zonas comunes deterioradas, es un acto de conservación y basta la mayoría simple de los propietarios presentes y representados en la junta, en segunda convocatoria. Solo cuando se vota una mejora estética o un cambio relevante puede exigirse una mayoría de tres quintos del total.
¿Cómo se reparte la derrama entre los propietarios?
Salvo que los estatutos digan otra cosa, la derrama se reparte según el coeficiente de participación de cada vivienda o local que figura en la escritura, no a partes iguales por puerta. Algunos locales comerciales pueden estar exentos de gastos de portal y escalera si así lo recogen los estatutos.
¿Está obligado a pagar quien votó en contra de la derrama?
Sí. Una derrama aprobada válidamente en junta y reflejada en el acta obliga a todos los propietarios, incluso a quienes votaron en contra o no asistieron a la reunión. Solo quedaría sin efecto si la persona afectada impugna el acuerdo y un juzgado le da la razón.
¿Se puede impugnar una derrama para pintar la comunidad?
Sí, se puede impugnar en los tres meses siguientes a la junta si el punto no figuraba en el orden del día, si se aplicó una mayoría equivocada o si el reparto no respeta los coeficientes y las exenciones de los estatutos. Una derrama bien convocada, votada y documentada en acta es muy difícil de tumbar.
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